Thursday 09 September, 2010
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Requisitos para importar frutas y vegetales


Las empresas y/o personas que importan frutas y vegetales a la República Dominicana deben cumplir con la Ley 4990 que rige el Sistema de Cuarentena Vegetal y que establece los siguientes requisitos:

 1-  Solicitar  un permiso de importación al Departamento de Sanidad Vegetal del Ministerio de  Agricultura. Este departamento, mediante evaluación del Riesgo de Plagas, emitirá una guía de No. Objeción Fitosanitaria con las orientaciones específicas de acuerdo al producto a importar y la ruta comercial del mismo.

 2-  Requerir un permiso al Comité de Promoción Agrícola y Ganadera del Ministerio de Agricultura.

 3-  Tener Registro Nacional de Contribuyente (RNC).

 4-  En caso de VEGETALES Y PLANTAS VIVAS, los expedientes deben tener, además de los documentos anteriores:

  •     Un certificado fitosanitario o de salud original expedido por las autoridades del país de origen.
  •     Un certificado del Departamento de Vida Silvestre.
  •     Constancia de que las mismas proceden de un vivero registrado en el país de origen.

5-  Para la importación de FRUTAS , además de los requisitos primero, segundo y tercero, se deberá cumplir con:

  • Ingresar solo por los puertos marítimos de Santo Domingo, Haina Oriental, Boca Chica, Puerto Multimodal Caucedo  y  Puerto Plata.
  • Presentar un certificado fitosanitario en original del país de origen.
  • Deberá venir en furgones refrigerados, con temperaturas entre O a 2.2 C (unos 32 a 36) durante 15 días, tal como establece la Resolución No. 84/96.
  • Deben proceder de países o áreas libres de Mosca de la Fruta del Mediterráneo (Ceratitis capitata)

6-  Para la introducción de SEMILLAS al país, aparte de los requisitos primero, segundo y tercero, deberán presentar:

  • Certificado Fitosanitario original del país de origen.
  • Constancias de que proceden de instituciones productoras de semillas certificadas.
  • Constancia del Departamento de Semillas del Ministerio de Agricultura.
  • Constancia de que las semillas no sean transgénicas.

En adición a estos requisitos establecidos para cada casos, los productos como ajo, arroz, cebolla, habichuelas, maíz y papa deberán contar con las orientaciones de la Oficina de Promoción Agrícola y Ganadera del Ministerio de Agricultura.

El incumplimiento de estas regulaciones conllevaría a tomar las medidas establecidas por la Ley 4990 para proteger el patrimonio sanitario de la República Dominicana.


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